La Corte Suprema de Panamá rechazó reconocer el matrimonio igualitario, al considerar que no es un derecho humano reconocido por la Constitución panameña.
“Hay una realidad, y es que, hasta ahora, el derecho al matrimonio igualitario no pasa de ser una aspiración que, aunque legítima para los grupos implicados, no tiene categoría de derecho humano y tampoco de derecho fundamental”, declaró la Corte en su fallo.
La Corte Suprema de Justicia estaba desde 2016 sin pronunciarse sobre varios recursos de inconstitucionalidad contra el Código de la Familia panameño, que solo reconoce los matrimonios entre un hombre y una mujer.
Los recursos que fueron presentados ante el máximo tribunal fue la asistencia de varias parejas panameñas del mismo sexo que buscaban que sus matrimonios, celebrados en otros países, fuesen reconocidos legalmente en Panamá.
Por lo tanto, la Corte Suprema manifestó que por más cambios que se sucedan en la realidad, por ahora el matrimonio igualitario carece de un reconocimiento convencional y constitucional en Panamá.