La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad (con 401 votos) una reforma a la Ley General de Salud que prohíbe la venta de bebidas energizantes a menores de 18 años en todo el país.
La iniciativa, impulsada por el diputado Ricardo Monreal (Morena), establece una multa de hasta 226,280 pesos (dos mil veces la UMA) para quienes vendan estas bebidas a menores. El objetivo principal es prohibir el consumo de estos productos en este sector de la población. La propuesta ahora pasará al Senado de la República para su ratificación.
Además de la prohibición, el pleno aprobó una reserva que obliga a la Secretaría de Salud (SSA) a:
- Clasificar las bebidas energizantes en una Norma Oficial Mexicana (NOM).
- Definir aquellas categorías que requieran restricciones de consumo en ciertas poblaciones, alertas sanitarias específicas o limitaciones para su publicidad y comercialización.
- La SSA tendrá un plazo de 180 días tras la entrada en vigor de la reforma para expedir esta NOM que establezca categorías, ingredientes y concentraciones máximas permitidas.
Los legisladores destacaron la urgencia de estas medidas debido al creciente consumo de estas bebidas, especialmente entre los jóvenes. Señalaron que la publicidad es “engañosa” y que una gran preocupación es la práctica de mezclar estas bebidas con alcohol, lo cual provoca un “choque en el sistema nervioso” y que debería ser el siguiente paso a prohibir. Se citaron datos que indican que siete de cada diez jóvenes consumen estas bebidas, y la mitad de ellos lo hace al menos una vez por semana.
En resumen, la reforma no solo castiga la venta a menores, sino que también sienta las bases para una regulación más estricta sobre la composición y comercialización de todas las bebidas energizantes en México.