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    Refuerzan Seguridad del Gas LP: Sener Presenta Normas Tras Explosión

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    A casi un mes de la trágica explosión de una pipa de gas en la Ciudad de México que cobró la vida de 31 personas, la secretaria de Energía, Luz Elena González, anunció la publicación de dos nuevas Normas Oficiales Mexicanas (NOM) “de emergencia” para el transporte y distribución de Gas Licuado de Petróleo (LP). Estas normas serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de manera inminente.

    La titular de la Sener explicó que las nuevas regulaciones, elaboradas en conjunto con dependencias como la Comisión Nacional de Energía (CNE) y la Secretaría de Comunicaciones, Infraestructura y Transporte (SCIT), buscan fortalecer la seguridad en el manejo de este combustible.

    González detalló que, a diferencia de la norma actual (NOM-007-SESH-2010) que regula ambas actividades de forma conjunta, las nuevas normas las separarán, creando un instrumento normativo específico para el transporte (de refinerías a terminales) y otro para la distribución (la llamada “última milla”, hasta la venta final).

     

    Puntos Clave de las Nuevas Normas

    Las nuevas medidas imponen requisitos mucho más estrictos, enfocándose en cuatro áreas principales:

    1. Mantenimiento y Unidades: Las empresas deberán presentar un dictamen anual ante la Agencia de Seguridad de Energía y Ambiente (ASEA) para demostrar el cumplimiento efectivo del programa de mantenimiento de sus vehículos.
    2. Inspección de Recipientes: Se vuelve obligatorio realizar inspecciones visuales internas y pruebas periódicas de presión hidrostática a los tanques y elementos de seguridad. Anteriormente, estas pruebas se reservaban solo para casos de daño detectado, pero ahora serán regulares para elevar el estándar de seguridad.
    3. Certificación de Conductores: Los choferes deberán acreditar una capacitación teórico-práctica formal y específica para el manejo de Gas LP, la cual debe estar avalada por el organismo CONOCER.
    4. Tecnología y Monitoreo: Las empresas tendrán que instalar sistemas de GPS y aditamentos de control de velocidad en todas las unidades, con la obligación de transmitir esta información a la CNE.

     

    Plazos de Implementación

    La aplicación de las normas será escalonada:

    • Las unidades de transporte tendrán cuatro meses para demostrar su cumplimiento.
    • Las unidades de distribución con capacidad superior a 5 mil litros y más de diez años de antigüedad también dispondrán de cuatro meses.
    • El resto de las unidades de distribución tendrá un plazo de seis meses.

    Finalmente, se anunció que se reforzará el control estatal a través de un programa de inspecciones conjuntas entre la SICT, la CNE y la ASEA en las plantas de distribución, con el fin de verificar las condiciones físico-mecánicas de las unidades y la vigencia de los permisos.

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