sábado, abril 19, 2025
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    Revive Morena iniciativa para eliminar el fuero constitucional

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    MÉXICO.- El partido Morena en la Cámara de Diputados revivió su iniciativa para eliminar la figura del “fuero constitucional” de los servidores públicos y establecer en su lugar la de “inmunidad constitucional”, que abriría la posibilidad de sujetar a proceso penal a los altos funcionarios, incluido el presidente de la República.

    Tras ser desechada la primera iniciativa presentada en noviembre pasado por no lograr la mayoría calificada, el legislador morenista Pablo Gómez Álvarez resucitó su propuesta con proyecto de decreto de reformas a los artículos 38, 61, 74, 108, 111 y 112 de la Constitución en materia de fuero e inmunidad constitucional.

    La bancada de Morena ha aumentado su fuerza numérica con 259 diputados, que representa 67. 2 por ciento de la Cámara de Diputados, junto a sus aliados de los partidos del Trabajo (PT), Encuentro Social (PES) y Verde Ecologista de México (PVEM), además de los siete legisladores independientes, con lo que se avisora una mayor posibilidad de avance para esta reforma constitucional.

    En su exposición de motivos, Gómez Alvarez dijo que durante varios lustros se ha planteado la necesidad de remover el llamado fuero constitucional de que gozan los altos servidores públicos, titulares de los poderes y de algunos órganos autónomos, incluso de las entidades federativas, por la comisión de delitos federales.

    Señaló que el fuero consiste en una inmunidad procesal penal en tanto que no se declare en sede legislativa el llamado desafuero, es decir, la procedencia de la acción penal. Aclaró que el presidente de la República no es sujeto de desafuero sino de un juicio directo por parte, sucesivamente, de las Cámaras del Congreso, sólo por traición a la patria y otros delitos graves del orden común.

    Expuso que el desafuero se ha usado casi siempre por motivos políticos contra opositores mientras otros aforados han gozado con frecuencia de impunidad, debido al bloqueo del mecanismo parlamentario o sencillamente, por las omisiones del Ministerio Público.

    Sin embargo, propuso que el inicio de tal procedimiento penal o de cualquier otro de carácter administrativo que implique arresto no conduzca a la detención inmediata o la imposición de otras medidas cautelares.

    “Se trata de garantizar el libre funcionamiento de los poderes públicos y otras instituciones mediante la libertad personal de sus integrantes, los cuales llevarán sus procesos en libertad, como si estuvieran bajo fianza”, explicó.

    Detalló que cuando se produce sentencia condenatoria, entonces la inmunidad es retirada, el servidor público es separado del cargo y puesto a disposición de la autoridad competente.

    Al mismo tiempo, planteó la derogación de la fracción II del artículo 38, en la que se establece la suspensión de derechos y prerrogativas ciudadanas a partir de un auto de sujeción a proceso (formal prisión, en la denominación anterior).

    Asimismo, propuso la derogación de la fracción V del artículo 74 constitucional debido a que, una vez eliminado el llamado fuero, debe eliminarse también el llamado desafuero.

    Además, carecen de inmunidad los servidores públicos cuando estén separados de su encargo, pero no la pueden recobrar ni reasumir el puesto, luego de que les sea dictado un auto de vinculación a proceso penal.

    Con información de: Notimex 

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