La Corte Suprema de Estados Unidos desechó este jueves 5 de junio de 2025 una demanda realizada por el gobierno de México que señalaba que los fabricantes de armas de fuego de la Unión Americana deben ser responsables de la violencia en nuestro país.
No obstante, la jueza Elena Kagan redactó la opinión unánime de la corte, que contempla que la Ley de Protección del Comercio Legal de Armas permite una demanda por una violación de una ley estatal o federal, pero no en el caso argumentado por el gobierno mexicano.
“La demanda de México no alega de forma plausible que los fabricantes demandados ayudaron e instigaron la venta ilegal de armas de fuego por parte de comerciantes de armas a traficantes mexicanos”, señaló la juzgadora.
Cabe recordar que en 2021, el gobierno de México presentó una demanda contra Smith & Wesson, así como otros seis fabricantes de armas en Estados Unidos por una suma de 10 mil millones de dólares por daños y perjuicios. La demanda señalaban que las empresas diseñan y venden sus armas especialmente para cárteles de la droga, quienes la emplean con el fin de matar y mutilar a “niños, jueces, periodistas y ciudadanos”.
Por ello, el gobierno mexicano alegó que se trataba de una “complicidad” entre los fabricantes de armas y el crimen organizado, lo que contempla una excepción a la Ley de Protección del Comercio Legal de Armas.
La Ley de Protección del Comercio Legal de Armas, aprobada en el año 2005 en Estados Unidos, prohíbe interponer una demanda a los fabricantes de armas por delitos cometidos con sus productos, aunque la legislación contempla algunas excepciones, a las cuales el gobierno de México pretendía sujetarse.
La demanda mexicana argumentó que entre el 70 al 90% de las armas confiscadas tras delitos son fabricadas en la Unión Americana y algunas de ellas parecieran que su publicidad está dirigida a los cárteles, con nombres como “Super El Jefe” o que tienen “grado militar”.
Aunque la demanda del gobierno mexicano se sujetaba a una supuesta complicidad entre los cárteles y los fabricantes, esta sólo puede ser considerada cuando un fabricante de armas participa en un delito con armas de fuego en algo que “se deseaba provocar”, pero as pruebas presentadas no señalan eso y por ello, los fabricantes “conservan la inmunidad” prevista en la ley, afirmó la jueza Kagan.