MÉXICO.- La Cámara de Diputados emitirá la declaratoria de constitucionalidad de la reforma al artículo 19 de la Carta Magna, en materia de prisión preventiva oficiosa. Lo anterior, al contar con el voto aprobatorio de los Congresos de 20 entidades federativas.
Hasta el momento, las Legislaturas estatales que han avalado el ordenamiento son las de Campeche, Chiapas, Colima, Querétaro, Tlaxcala, Estado de México, Hidalgo, Baja California Sur, Sinaloa y Quintana Roo. Hicieron lo propio los congresos de Puebla, Ciudad de México, Tabasco, Guanajuato, Veracruz, Guerrero, Oaxaca, Michoacán, Yucatán y Sonora.
El proyecto establece que un juez ordenará prisión preventiva oficiosa como medida cautelar, cuando se trate de los delitos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo a casa habitación y uso de programas sociales con fines electorales.
También contra delitos de corrupción, tratándose de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones; robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, y delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.
De igual modo, cuando se trate de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas, así como delitos graves contra la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.
La prisión preventiva oficiosa podrá dictarse a quienes cometan delitos de corrupción tratándose de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, hasta que el Fiscal General de la República nombre al Fiscal Especializado en delitos relacionados con hechos de corrupción. Agrega que en un plazo de cinco años, se someterá a revisión la prisión preventiva oficiosa, con el fin de determinar si se mantiene vigente o no.
Con información de: MVS