martes, enero 7, 2025
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    Diputados proponen dar más garantías a los migrantes

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    Agencia Reforma

    Ciudad de México.- La Cámara de Diputados discutirá este miércoles reformas para dar mayores garantías a los migrantes en el país, como es un debido proceso y una adecuada defensa en procedimientos administrativos.

    En un paquete de reformas a la Ley de Migración, el dictamen prevé que todo migrante sujeto a un procedimiento administrativo relativo a su estatus tiene derecho a ser asistido y representado legalmente por la persona que designe libremente.

    También tiene derecho a ser representado legalmente por la o el licenciado en Derecho que define al Estado a través del Instituto Federal de la Defensoría Pública.

    El Instituto Nacional de Migración podrá celebrar los convenios de colaboración que se requieran y establecerá facilidades para que las organizaciones de la sociedad civil ofrezcan servicios de asesoría y representación legal a extranjeros en situación migratoria irregular, a quienes se les ha iniciado un proceso administrativo migratorio, cita el dictamen.

    Para el caso de personas representadas en estaciones migratorias o lugares habilitados, el Instituto deberá tomar las medidas para garantizar el acceso efectivo a la representación legal.

    Agrega que durante el procedimiento administrativo migratorio, las personas tendrán derecho al debido proceso, que consiste en que el procedimiento sea sustanciado por autoridad competente y el derecho a presentar pruebas y de alegar lo que a su derecho convenga.

    Así como tener acceso oportuno a las constancias del expediente administrativo migratorio, contar con un traductor e intérprete para facilitar la comunicación en caso de que no hable o entienda en español.

    Las resoluciones de la autoridad deben estar debidamente fundadas y motivadas, y deben ser oportunamente notificadas para poder, en su caso, presentar algún recurso de inconformidad o recurrir la resolución.

    Para los asuntos es que estén involucradas personas migrantes y sujetas a Protección internacional, se deberá observar todos los derechos que en su favor establece esta ley sobre refugiados, protección complementaria y asilo político y los protocolos de actuación especializada para quienes imparten justicia y demás disposiciones aplicables.

    “Ninguna disposición de este artículo puede interpretarse en el sentido de que el Instituto tiene facultades para supervisar el ejercicio profesional de las personas con licenciatura en derecho, que ofrezca no presten sus servicios o representación a las personas migrantes“, aclara.

    En artículo 70 bis se agrega que el Instituto Nacional de Migración está obligado a garantizar y permitir el acceso de los extranjeros con su representante legal.

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