MÉXICO.- La Cámara de Diputados discutirá hoy una reforma para autorizar la publicación de la “lista negra” de personas o estaciones de servicio que cometan ilícitos con los combustibles.
En la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos se prevé un nuevo artículo 22 ter.
En éste se faculta a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) a publicar en su página oficial el listado de aquellas personas físicas o morales cuyo permiso o procedimiento se hubiera suspendido definitivamente con motivo de una sentencia ejecutoriada por el robo o venta de combustibles.
El dictamen indica que la publicación de la “lista negra” deberá respetar el derecho de presunción de inocencia.
Se prevé que un juez de control pueda solicitar a la CRE la suspensión temporal del permiso.
“Una vez recibida la solicitud, la CRE deberá decretar las medidas solicitadas por el juez de control en los términos previstos por éste”, señala el dictamen presentado por la Comisión de Justicia.
La reforma prevé la disolución y liquidación de las sociedades creadas por permisionarios o concesionarios, así como su inhabilitación hasta por 15 años para solicitar un nuevo permiso en caso de una acusación sobre robo o tráfico de hidrocarburos.
En el dictamen también se aborda la obligación de que distribuidores de gasolina coloquen dispositivos GPS en pipas, a fin de evitar el robo de los vehículos para obtener la gasolina.
“Representa una medida para desincentivar el robo de combustibles, cuando éste sea transportado por pipas, lo que facilita a las autoridades la investigación en actos delictivos relacionados al robo de hidrocarburos”, cita.
Con información de: Reforma