Firman Tamaulipas e Insabi convenio para servicios de salud

0
408

Por: Redacción.

CIUDAD DE MÉXICO.- El Gobierno de Tamaulipas y el Instituto de Salud para el Bienestar (Insabi), signaron un acuerdo de coordinación para  garantizar la prestación gratuita de servicios de salud, medicamentos y demás insumos asociados para las personas sin seguridad social.

El acuerdo fue publicado en la edición matutina del Diario Oficial de la Federación (DOF), indica que el monto total de recursos a transferir a la entidad para la prestación de los servicios de salud durante el presente ejercicio fiscal 2020, con estricta sujeción a la disponibilidad presupuestaria correspondiente, es por la cantidad de hasta $1’014,239,719.24 (Mil catorce millones doscientos treinta y nueve mil setecientos diecinueve pesos 24/100 MN).

Los recursos serán transferidos por el Insabi  a Tamaulipas durante la segunda quincena de cada mes, con excepción de la primera ministración del ejercicio fiscal, que será transferida dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de formalización del acuerdo.

El ejercicio de los recursos  se sujetará a las bases siguientes:

A.- Hasta el 50 por ciento de los referidos recursos podrán destinarse al pago de remuneraciones, conforme a lo siguiente:

i.    Hasta 40 por ciento para el personal que hasta el 31 de diciembre de 2019 estuviese contratado con cargo a los recursos del Sistema de Protección Social en Salud, cuyas funciones se encuentren directamente relacionadas con la prestación de servicios de atención a las personas sin seguridad social.

ii.   Hasta 10 por ciento, para la contratación de médicos, enfermeras, promotores de salud, coordinadores de promotores de salud y demás personal necesario para el fortalecimiento de la prestación de “LOS SERVICIOS DE SALUD”, preferentemente en el primer nivel de atención, que permitan la implementación, fortalecimiento y consolidación del Modelo de Atención.

B.    Al menos el 32 por ciento a la adquisición y distribución de medicamentos, material de curación y otros insumos asociados a la prestación de “LOS SERVICIOS DE SALUD”.

C.     Al menos 18 por ciento, para gasto de operación de las unidades médicas de “LA ENTIDAD” que realicen la prestación de “LOS SERVICIOS DE SALUD”.

Asimismo,  de manera transversal, cuando menos el 20 por ciento total de los recursos transferidos deberán destinarse a acciones relacionadas con la prevención de enfermedades y la promoción de la salud.

Establece que la entidad se obliga a través de su Secretaría de Salud y de sus Servicios Estatales de Salud, a adoptar esquemas de operación que mejoren la atención,  modernicen la administración de servicios y registros clínicos, alienten la certificación del personal, y  promuevan y mantengan la certificación y acreditación de sus unidades médicas.

Por su parte, el Insabi se obliga a transferir con oportunidad los recursos presupuestarios federales que le correspondan para la prestación de los servicios de salud en los términos que anualmente se determinen.

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here