martes, junio 24, 2025
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    La Guardia Nacional  puede ocupar cargos de elección popular,  explicó Sheinbaum 

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    La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo se “adelantó” este martes en su conferencia mañanera a las posibles críticas por parte de sus opositores y “comentócratas”, tras presentarse este martes la reforma para la Ley de la Guardia Nacional.

    Haciendo énfasis en que, con los cambios legislativos, elementos de la Guardia Nacional podrán pedir licencia para aspirar a ocupar cargos de elección popular, Sheinbaum explicó que no se trata de algo nuevo, sino que se remonta, en el caso de las Fuerzas Armadas y Fuerza Aérea, a la Constitución.

    Desde Palacio Nacional, dijo que la carta magna establece que los miembros de estos cuerpos del ejército pueden solicitar la licencia, y lo que se busca con la reforma es que se extienda para la Guardia Nacional: “Se está haciendo similitud entre los elementos”.

    Por ello, respaldado en el Artículo 55, fracción IV de la Constitución de 1917, afirmó que las críticas que se puedan hacer a este punto, son solo reflejo de “pura ignorancia” de la oposición.

    Bajo esta premisa, invitó a uno de los cargos militares presentes para el informe quincenal de seguridad, para explicar los diferentes tipos de licencia que existen en el Ejército y ahora serán extendidos a la Guardia Nacional:

    1. Licencia ordinaria: que permite la separación por hasta seis meses con goce de haberes. Esta licencia se aplica para, por ejemplo, resolver asuntos de carácter personal.

    2. Licencia ilimitada: una separación de más de seis meses, con diferencia de que se otorga sin goce de haberes.

    3. Licencia especial: se solicita por elementos que desean buscar algún cargo público o de elección popular. Este tercer tipo de licencia es el que se asignaría en el caso señalado por Sheinbaum. Igual que el ilimitado, también establece que se otorga sin goce de haberes.

    4. Licencia por edad límite: este es utilizada por militares que, tras al menos 30 de servicios, comienzan por edad su transición para separarse de la vida militar a la vida civil.

    Cabe destacar que el dictamen para aprobar la nueva Ley de la Guardia Nacional permitirá que sus elementos puedan ser transferidos a la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa) para que se sumen a las filas del Ejército Mexicano o de la Fuerza Aérea “por necesidades del servicio”.

    La norma que se votará en la sesión de este 24 de junio también indica que la persona titular de la Defensa, podrá ordenar que cualquier elemento castrense sea transferido a la Guardia Nacional, previa capacitación policial.

    De acuerdo con el dictamen aprobado en la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, en el artículo 164 de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, se contempla que las reclasificaciones o transferencias de guardias nacionales deberán ser ordenadas por el Secretario o Secretaria de la Defensa Nacional o en su defecto por el presidente o Presidenta de la República.

    Agencias.

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