Publican lineamientos para reapertura

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Por: Redacción.

CIUDAD DE MÉXICO.- La Secretaría de Economía (SE), publicó los lineamientos técnicos de seguridad sanitaria en el entorno social, con los cuales los sectores esenciales están obligados a cumplir para reanudar actividades.

En el caso de sectores como el maquilador, que no sea esencial pero que desee reanudar actividades, deberá cumplirlos al pie de la letra, según ha dicho el propio presidente.

“Los Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral, que se incorporan como Anexo de este documento, contienen principios y estrategias sobre las medidas de promoción de la salud, de protección de la salud y para el cuidado de poblaciones vulnerables, que deben considerarse para la elaboración del Protocolo de Seguridad Sanitaría”, dice el documento.

La SE detalla en un documento de más de 30 hojas, los lineamientos generales y particulares que las empresas deben seguir.

Como primera estrategia de control, se encuentra la orientación, capacitación y organización de las personas trabajadoras para prevenir y controlar la propagación del coronavirus.

También se especifica que la sana distancia comprende dos vertientes: 1) Ante la presencia de síntomas de enfermedad respiratoria ¡Quédate en casa! Y; 2) La modificación de hábitos para favorecer una distancia mínima de 1.5 metros.

La instrumentación del control de ingreso- egreso con un filtro, donde se mida temperatura y de proporcione solución gel base alcohol al 70% para el lavado de manos y verificar el uso apropiado de cubrebocas.

Sobre el uso de equipo de protección personal, la SE explica que el cubre bocas, de preferencia que sea lavable a fin de ser empáticos con el medio ambiente (capacitar sobre su limpieza y e protector facial o goggles o lentes de seguridad con protección lateral, superior e inferior de ojos.

Cada empresa debe contar necesariamente con un plan para el retorno al trabajo ante Covid-19; que es una guía de 7 pasos a seguir.

Los centros de trabajo deben tener medidas de protección para la población vulnerable en centros de trabajo ubicados en regiones designadas de alerta alta y media.

En el octavo apartado, se contempla la clasificación del riesgo de los personas trabajadoras por ocupación o condición de vulnerabilidad.

Las empresas que regresen a las actividades deberán responder al documento “Autoevaluación del Protocolo de Seguridad Sanitaria”, y que necesariamente bajo el acuerdo de buena voluntad debe basarse y tener su respaldo en dicho Protocolo, en la plataforma correspondiente: www.gob.mx/nuevanormalidad.

Además deberán responderse los datos generales de identificación que a dicha plataforma contenga y cumplimentar la Carta-Compromiso. En el caso de empresas multiplanta, se registrará cada planta en forma individual.

Con base en ello, el IMSS emitirá un acuse de recibo vía electrónica y un resultado en un plazo no mayor a 72 horas.

Las empresas recibirán notificación del IMSS vía correo electrónico sobre la aprobación, solicitud de ampliación de la información o denegación del protocolo de seguridad sanitaria a los efectos de poder iniciar o no, las actividades esenciales consideradas.

Checa el documento completo aquí: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/552549/Lineamientos_de_Seguridad_Sanitaria._Versio_n_17_mayo_final.pdf

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