SCJN invalida reforma a LFRyT sobre distinción entre información y opinión en medios

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En la sesión de hoy en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por unanimidad inválido en su totalidad el decreto de reforma aprobada en octubre de 2017 a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en materia de derecho de las audiencias, por fallas en el proceso legislativo.

Con lo hoy acordado por la Corte queda eliminada la obligación de concesionarios de radio y televisión a distinguir entre opinión e información al presentar una noticia; frenando todo intento de sobrerregular a la Radio y Televisión Mexicana.

Con lo aprobado hoy en la Corte se protegió la libertad de expresión de la radio y la televisión mexicanas, ahora le corresponderá al Congreso respetar la deliberación informada sobre la iniciativa de reforma, mediante el debate abierto entre todas las fuerzas políticas del Congreso, tomando en cuenta toda la información relevante sobre el tema de los derechos de las audiencias y su análisis profundo, dentro de los márgenes de tiempo y del procedimiento legal. Dialogo en que participara la CIRT, como órgano de consulta y colaboración.

Reconocemos la labor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al refrendar su compromiso y dedicación en defensa de la Libertad de Expresión.

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