Tamaulipas aprueba Ley Olimpia

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CIUDAD VICTORIA, Tamaulipas.- Tamaulipas es ya otro de los estados que se suma a la aplicación de la “Ley Olimpia”.

Por lo que toda aquella persona que divulgue textos, videos y fotos íntimas de mujeres  sin su consentimiento, podrán recibir una sentencia máxima de hasta 10 años y seis meses de cárcel.

Fue este martes en el que la Diputación Permanente decidió que era procedente las reformas al Código penal del estado con cinco votos a favor y dos en contra, estos últimos resultaron ser de la fracción de Morena.

Los delitos que se agregaron son el de Violación a la Intimidad y Ciberacoso.

Las adecuaciones al ordenamiento punitivo fueron basados en la iniciativa conocida como la “Ley Olimpia”, exigida por la ahora activista del feminismo Olimpia Cruz Melo, víctima de un video íntimo en el 2014 en el estado de Puebla.

“Se adiciona el título Delitos contra la Seguridad y Libertad Sexuales, con el capítulo violación a la intimidad, y cometerá este delito el que revele, difunda, publique o exhiba mediante correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o por cualquier otro medio, imágenes, audio o video de contenido íntimo, erótico o sexual de una persona, sin contar como el consentimiento de la víctima”, se señala.

La condena a recibir es de cuatro a ocho años de cárcel y multa de dos mil veces el valor diario de la Unidad Media y Actualización (UMA)  y aumentará una tercera parte cuando el agresor tenga parentesco, consanguinidad, afinidad o civil o haya estado unida a la víctima en una relación sentimental.

El delito será perseguido a base de una denuncia pero en dado caso de que se trate de menores de edad o personas que no puedan valerse por sí mismos proceder de oficio.

En cuanto al delito de ciberacoso se contempla dos puntos, uno de ellos es el que amenace y hostigue a una mujer será sancionado desde los once meses   a tres años de prisión con multa de 50 a 300 días del valor diario.

Una vez ya cometido el delito la sanción será de 3 a 5 años de cárcel y multa de 300 a mil veces su valor diario de la UMA.

“El que hostigue o amenace por medio de las Tecnologías de la Información y comunicación, tales como redes sociales, mensajería instantánea, correo electrónico o cualquier otro medio digital y cause un daño en la dignidad personal, o afecte la paz, la tranquilidad o la seguridad de las personas, mediante el envío de mensajes de texto, videos, impresiones, gráficas, sonoras o fotografías”, se detalla.

La iniciativa fue propuesta desde inicios de enero lo que trajo en días pasados una serie de reclamos por parte de organizaciones en defensa de la mujer.

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