El exgobernador de Tamaulipas, Francisco Javier Cabeza de Vaca no puede ser candidato ni cualquier persona prófuga, señaló la Presidencia al explicar los alcances del artículo 38 de la Constitución. Arturo Zaldívar precisó que una persona sustraída de la justicia no puede contender por la Presidencia, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.
El funcionario explicó que una orden de aprehensión por sí sola no suspende los derechos político-electorales. Para considerar a una persona prófuga también debe existir evidencia de que evita la acción de la justicia y no ha comparecido ante un juez.
En el caso de Cabeza de Vaca, la Fiscalía General de la República lo requiere por presuntos delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita. El gobierno mexicano también solicitó su extradición desde Estados Unidos.
Cabeza de Vaca y los requisitos para una candidatura
Zaldívar indicó que cada caso requiere un análisis conforme a las distintas etapas del proceso penal. La Constitución también contempla otros supuestos de suspensión de derechos políticos, como la prisión preventiva y determinadas sentencias.
Por ello, Cabeza de Vaca no puede ser candidato si se acredita que cumple las condiciones previstas en el artículo 38, mientras que una persona investigada o imputada que conserve sus derechos puede participar bajo el principio de presunción de inocencia.



