ESTADOS UNIDOS.- Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) emitieron una orden que pausó temporalmente los desalojos para ciertos inquilinos hasta después del 31 de diciembre de 2020.
La Orden puede ayudar a los inquilinos que tienen dificultades para pagar el alquiler, pero solo a los inquilinos elegibles que brinden una declaración específica al propietario.
“Para los inquilinos elegibles que brindan una declaración al propietario, la Orden detiene temporalmente los desalojos por falta de pago del alquiler”.
Aclaró que la orden no cancela ni perdona el alquiler.
Tampoco prohíbe a los propietarios imponer cargos por mora u otros cargos que estén autorizados en el contrato de arrendamiento. Los inquilinos siguen siendo legalmente responsables de pagar el alquiler.
La orden de los CDC solo protege a los inquilinos elegibles del desalojo hasta el 31 de diciembre de 2020.
“La Orden no anula las protecciones estatales o locales que brindan la misma o mayor protección a los inquilinos . Si vive en una jurisdicción con protecciones adicionales, es posible que no necesite proporcionar la Declaración de inmediato porque es posible que otras protecciones no requieran que firme una declaración bajo pena de perjurio”.
Tipos de desalojos cubiertos
La Orden detiene temporalmente los desalojos por falta de pago del alquiler para los inquilinos que brindan una declaración al propietario. NO hace una pausa:
- Desalojos por actividad delictiva.
- Desalojos relacionados con el comportamiento del inquilino que amenaza la propiedad u otros residentes.
- Desalojos relacionados con las regulaciones locales de salud y seguridad.
- Desalojos por otros tipos de infracciones del contrato de arrendamiento (excepto infracciones por falta de pago del alquiler, tarifas, multas, intereses, etc.)
No está claro qué otros tipos de desalojos puede cubrir la Orden.
La Orden puede prohibir los “desalojos remanentes”: desalojos presentados después de que no se renueva el contrato de arrendamiento y el inquilino no se va. La Orden también puede prohibir los desalojos posteriores a la ejecución hipotecaria.