La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló la reforma de 2022 a la Ley Minera de México que declara al litio como patrimonio de la nación y reserva su explotación exclusivamente al Estado mexicano.
Por unanimidad, el pleno del máximo tribunal determinó que la acción de inconstitucionalidad promovida por un grupo de senadores de oposición no tiene fundamento, al concluir que la reforma no vulnera el marco constitucional.
Los ministros señalaron que los argumentos de los legisladores, entre ellos la supuesta falta de facultades del Congreso para reservar el litio, quedaron sin sustento tras la reforma constitucional del 31 de octubre de 2024, que incorporó este recurso como área estratégica del Estado en los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución.
La Corte también analizó el señalamiento de que la reforma se aprobó sin consultar a pueblos indígenas y afroamexicanos, pero consideró que dicha consulta no era obligatoria en este caso, ya que la norma solo establece la rectoría general del Estado sobre el litio y no implica directamente proyectos específicos en territorios comunitarios.
Los ministros precisaron que la consulta a comunidades se requiere cuando se desarrollen proyectos concretos de explotación, que puedan impactar directamente en sus territorios o recursos.
Con esta resolución, la SCJN confirma la explotación exclusiva del litio por parte del Estado, recurso considerado estratégico para el desarrollo tecnológico y energético del país.



